miércoles, 15 de junio de 2011

VIABILIDAD JURIDICA DE LOS TRANSGENICOS EN MEXICO

VIABILIDAD JURIDICA DE LOS PRODUCTOS TRANSGÉNICOS EN MÉXICO

EQUIPO # 8

ANA VIRGINIA AVILA ESPARZA 
CINTHYA CITLALI ALVAREZ JIMENEZ 
YESSICA ITZEL GOMEZ HERNANDEZ
GABRIELA MENCHACA ESTRADA
AURORA RUBI MONTEALEGRE

México es un país que se ha mantenido al margen del conocimiento de la producción de lo que  compramos y la comida no es la excepción. No sabemos cómo es producido lo que nos llevamos a la boca seguimos confiando en que México es un país productor pero desconocemos el proceso de producción y el gobierno busca los intereses de unos cuantos sin que el pueblo haga valer su voz.

El congreso mexicano es encargado de gran parte si no de la mayoría de la aprobación de productos transgénicos.

El Congreso Mexicano aprobó en lo general la Ley de Bioseguridad, que avala la creación, desarrollo y comercialización de productos transgénicos, aunque establece un régimen de protección especial para el maíz nacional.

Tras un intenso debate, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 319 votos a favor, 105 en contra y 17 abstenciones, el documento enviado por el Senado, que regula la producción de productos transgénicos, de acuerdo con el Protocolo de Cartagena.

El Protocolo de Cartagena estableció medidas de bioseguridad para los Organismos Genéticamente Modificados (OGM), entre éstas la obligación de que en las importaciones o exportaciones de granos para la alimentación animal o humana se incluya una leyenda que advierta que pueden contener productos transgénicos.

Con la nueva ley, según el dictamen, etiquetado, la responsabilidad por los daños que pueden ocasionar, así como sus aspectos comerciales.

También autoriza la importación de transgénicos destinados al consumo humano o al procesamiento de consumo humano, al igual que los empleados en la salud pública o la biorremediación (cuando hay plagas o contaminantes que ponen en peligro a especies animales, vegetales o acuícolas).

En el caso del maíz, en donde México es una de las naciones con mayor diversidad de especies, se estableció una limitación legal para evitar su degeneración, al igual que la de otros cultivos de origen mexicano, que fija "un régimen de protección especial", aunque no especifica cuál.

El dictamen también precisa la competencia de la Secretaría de Agricultura de México en la creación, desarrollo, importación y exportación de microorganismos modificados (hongos, bacterias, protozoarios, virus y viroides, entre otros), que tengan fines productivos agropecuarios, acuícolas y fitozoosanitarios.

En uno de artículos de la ley se establece la obligación de fortalecer la investigación en materia de bioseguridad, para obtener "conocimientos suficientes" que permitan evaluar los posibles riesgos de los OGM.

SAGARPA  es otro involucrado en la producción de transgénicos en México el pasado 19 de marzo del 2011 concedió permisos para transgénicos, conforme a ley de bioseguridad.
El debate sobre la idoneidad de los cultivos modificados genéticamente ha vuelto a reabrirse en la capital azteca, tras el anuncio realizado hace unos días desde la SAGARPA en el que, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), informaba de su negativa a la solicitud realizada desde la multinacional Monsanto de avanzar desde la consideración de cultivo eperimental a la etapa piloto para los campos de maíz OGM que dicha empresa tiene en el estado oriental de Sinaloa.

Así, han decidido que dichos campos, unas 100 hectáreas, permanezcan en etapa experimental. "Es responsabilidad del Gobierno Federal impulsar la productividad del campo mexicano, pero también es su responsabilidad constatar que las herramientas novedosas que se utilicen para elevar la productividad no afectan negativamente al medio ambiente, la diversidad biológica, la salud humana, o a la sanidad animal, vegetal y acuícola del país, los cuales son bienes tutelados en el marco de la Bioseguridad en México", podemos leer en el comunicado de la Secretaría de Agricultura.

Los principales motivos para negar este permiso son varios, destacando especialmente el elevado nivel de seguridad que otorga la definición como cultivo experimental , siguiendo con lo establecido en la Ley de bioseguridad de organismos genéticamente modificados (LBOGM). "En la fase experimental se hace una planeación profunda de la investigación a efectuar para contestar cuestiones cruciales referentes a la liberación al ambiente de Organismos Genéticamente Modificados (OGM’s) que no pueden resolverse con la información existente", declaran desde la Secretaria de Mayorga Castañeda.

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